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Subvenciones 2023 destinadas a la financiación de planes de formación en el ámbito de la Comunitat Valenciana dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

25 may 2023
Planes de formación en el ámbito de la Comunitat Valenciana, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva

Bases reguladoras Orden TMS/379/2019, de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

Objeto Las subvenciones tendrán como finalidad la financiación de planes de formación en el ámbito de la Comunitat Valenciana, dirigidos a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

Al amparo de la convocatoria se podrán conceder subvenciones para la realización de los siguientes planes de formación:

a) Planes de formación de ámbito de la Comunitat Valenciana, compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva, promovidos por las organizaciones sindicales o empresariales previstas en el resuelvo séptimo, apartado 1.a, 1º y 2º.

Las actividades formativas podrán ser:

1º Acciones formativas cuyo contenido esté relacionado con el diálogo social y la negociación colectiva.

2º Jornadas, seminarios y ciclos de conferencias, cuyo contenido verse sobre las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva.

3º Encuentros internacionales que cuenten con expertos de otras nacionalidades para tener un intercambio de información sobre el diálogo social y la negociación colectiva en distintos países.

4º Paneles, foros y talleres de expertos que compartan información sobre buenas prácticas en diálogo social y negociación colectiva de los distintos sectores.

b) Planes de formación de ámbito de la Comunitat Valenciana compuestos por actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva, promovidos las por organizaciones sindicales o empresariales previstas en el resuelvo séptimo, apartado 1.b 1º y 2º.

Las actividades formativas podrán ser:

1º Acciones formativas cuyo contenido esté relacionado con la negociación colectiva.

2º Jornadas, seminarios, ciclos de conferencias, cuyo contenido verse sobre las funciones relacionadas con la negociación colectiva.

3º Encuentros nacionales o internacionales que cuenten con personas expertas de otras comunidades autónomas o nacionalidades para tener un intercambio de información sobre la negociación colectiva en distintos ámbitos territoriales.

4º Paneles, foros y talleres de personas expertas que compartan información sobre buenas prácticas en negociación colectiva de los distintos sectores.

Personas destinatarias Podrán ser personas destinatarias finales y participantes en los planes de formación las personas vinculadas con las organizaciones sindicales y empresariales de ámbito de la Comunitat Valenciana, que por razón de su actividad están relacionadas con los procesos de negociación colectiva y/o diálogo social, bien a través de su participación directa, bien a través de su dirección, apoyo, o asistencia técnica sindical o empresarial.

Entidades solicitantes y requisitos

1. Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones que se regulan en la convocatoria a la que se refiere el presente extracto:

a) En relación con las subvenciones destinadas a la financiación de actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con el diálogo social y la negociación colectiva en el ámbito de la Comunitat Valenciana:

1º Las organizaciones sindicales más representativas de la Comunitat Valenciana que participan en dicho ámbito, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquellas para la consecución de cualesquiera de esos fines.

2º Las organizaciones empresariales más representativas de la Comunitat Valenciana que participan en dicho ámbito, en los términos establecidos en la disposición adicional sexta del texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por aquellas para la consecución de cualesquiera de esos fines.

b) En relación con las subvenciones destinadas a la financiación de actividades formativas dirigidas a la capacitación para el desarrollo de las funciones relacionadas con la negociación colectiva desarrollada conforme al título III del RDL 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores:

1º Las organizaciones sindicales que acrediten la participación en la negociación de convenios colectivos cuyo ámbito territorial no sea superior al de la Comunitat Valenciana, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por estas para la consecución de aquellos fines.

2º Las organizaciones empresariales que acrediten la participación en la negociación de convenios colectivos cuyo ámbito territorial no sea superior al de la Comunitat Valenciana, así como las fundaciones u otras entidades constituidas por estas para la consecución de aquellos fines.

2. En los supuestos contemplados en el apartado anterior, no podrán ser beneficiarias las organizaciones que se encuentren integradas en una entidad de ámbito federal o confederal más amplia, cuando la Federación o la Confederación de la que formen parte sea también beneficiaria de estas subvenciones en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

3. En el caso de que la entidad solicitante sea una fundación u otra entidad vinculada con una organización sindical o empresarial, sustituirá a esta última a todos los efectos previstos en esta orden.

4. No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias de las subvenciones las entidades y organizaciones en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Cuantía Los Planes de formación que se realicen se financiarán por importe de 1.000.000,00 euros 

Las solicitudes  se tramitarán de forma electrónica. Para realizar la presentación telemática de las solicitudes, se accederá a la Sede Electrónica de la Generalitat (https://sede.gva.es), desde donde podrá acceder al trámite presentación de solicitudes a ayudas de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, o de la web de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación (www.labora.gva.es) a través del enlace «solicitud telemática».

Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día 26 de mayo y hasta el día 8 de junio de 2023

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